El servicio de prevención será el encargado de realizar la evaluación de riesgos y comprobar si hay algún trabajador especialmente sensible en relación a coronavirus SARS-CoV-2
Una vez que está localizado el trabajador especialmente sensible deberá informarse de las medidas de prevención, adaptación y protección. Se establecerán las condiciones de trabajo para poder realizar el trabajo de forma adecuada y que no haya riesgos para el trabajador.
El Ministerio de Sanidad a fecha 8 de abril de 2020 define los grupos vulnerables (trabajador especialmente sensible ) para COVID-19 a las personas con diabetes, enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencia, cáncer en fase de tratamiento activo, embarazo y mayores de 60 años.
Para calificar a una persona como sensible antes será necesario realizar la evaluación de riesgos. A partir de ella tomar las decisiones adecuadas.
El Ministerio de Sanidad establece como gestionar la vulnerabilidad y el riesgo en el ámbito sanitario y social. Así como las medidas de actuación.

Conclusión
- Informa al servicio médico del servicio de prevención de tu empresa (no a la mutua)
- El servicio de prevención elaborará un informe donde indica que perteneces a ese grupo de riesgo y valorará la adaptación y protección adecuada.
- El médico de atención primaria a partir del informe del servicio de prevención valorará dar la baja.
- El INSS, cuando reciba el parte de baja lo traslada a la mutua, a efectos de la prestación económica.
- La mutua abonará el 75% de la base reguladora de la contingencia profesional (asimilada a accidente de trabajo)